Ley de Condominios No. 7933 CR
Ley No. 7933.Puede ver toda la Ley No. 7933 que rige para Costa Rica CA. http://betavacr.googlepages.com/leyreguladoradelapropiedadencondominiono
Violaciones mas comunes del Reglamento de Administración.
Para aplicar alguna sanción según la jurisprudencia legal de cada pais, todo condominio debe especificar en su Reglamento de Administración; de una forma clara y específica, LAS PROHIBICIONES, LIMITACIONES y sobre todo; EL REGIMEN SANCIONATORIO que aplicará a todo aquel que infringe reiteradamente el reglamento. Todo asunto, debe ser probado y La Asamblea debe conceder el DEBIDO PROCESO al infractor y el DERECHO A UNA DEFENSA JUSTA E EQUILIBRADA.
Entre las violaciones mas comunes por parte de los propietarios de condominios están: Usar la propiedad para otros fines ajenos al reglamento. No acatar el reglamento de administración. Mal uso de los bienes y áreas comunes. Dejar de pagar la cuota de mantenimiento o atrasos reiterados. Alteración de fachadas sin previo aviso o sin notificar a la administración. Parquearse en zonas no permitidas o en zona perteneciente a otro propietario. No asistir a las convocatorias de asamblea. Tenencia de animales no permitidos. Tirar basura o desechos de las mascotas en áreas comunes. Quemar basura en zona común o privada. Ocupar o usar una construcción antes de haber dado aviso de la terminación de la obra (Ley 833 de Construcciones). Alquilar los espacios comunes de parqueo no autorizados por el reglamento. Dejar los portones de ingreso abiertos. No supervisar el personal privado. No responsabilizarse por daños ocasionados por sus visitas. Consumo de alcohol o drogas en zona común. Escándalos en horas no permitidas. Evacuar aguas residuales en zona común. Hacer reparaciones en horario no permitido. No guardar la paz y las buenas relaciones de vecindad. No acatar los acuerdos de Asamblea. No reportar cuando su propiedad está en alquiler o venta. Instalar cámaras de seguridad hacia la zona común sin el autorizado del 100% votos. Instalación de alarmas ruidosas. Dar mas de un apoderamiento por propiedad.
Abusos comunes de parte de la Administración o Asamblea.
Abuso de poder hacia los propietarios. Abuso en el gasto común o sin respaldo presupuestario. Conducción administrativa errática. Ejecutar acuerdos no aprobados. Tutelar sobre el área privativa. Cobro de cuotas extras sin causa justa. Iniciar procesos administrativos sin el debido proceso otorgado al infractor. Prohibiciones de ingreso no contemplados en reglamento. Aplicar una normativa legal diferente. Consentir apoderamientos indebidos en asambleas. Convocatorias sin el orden del día o fuera de tiempo. Apartarse del criterio jurídico legal o no cumplir con todos los elementos del negocio jurídico cuando se dan acuerdos. Negarse a la impugnación de acuerdos por parte de los condóminos.
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