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Anomalías a la entrega del Condominio
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Situaciones anómalas que se dan a la entrega del condominio ARTÍCULO 5 Ley 7933: (…) La escritura constitutiva que se presente al Registro de la Propiedad para la inscripción, debe ir acompañada del plano debidamente aprobado por las instituciones respectivas, en el que constarán todos los datos pertinentes a la finca matriz, las fincas filiales o áreas privativas, las áreas comunes y las tablas de áreas y distribución. El Artículo 265 del Código Civil (CR) dice: “Cuando no corresponden al dueño todos los derechos que comprende el dominio pleno, la propiedad es imperfecta o limitada (…). Nuestro Pensamiento acerca de la propiedad en condominio. “En aras de mejorar un sistema habitacional y organizacional que implica: Sociabilidad, Economía y Estructuras; la Administración del condominio ò desarrollo habitacional requiere de grandes esfuerzos técnicos, de una buena organización de residentes, de disciplina y respeto en aplicación de un reglamento adaptado a las necesidades de los ...
Gestión Administrativa
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Como bien se menciona en el artículo 29 de La Ley (CR), la administración puede estar a cargo de una persona física o jurídica. Será nombrado, removido y designado en sus facultades de acuerdo a lo que dicta el reglamento de administración del condominio. La asamblea de propietarios le corresponderá asignarle el salario a devengar y el período de su gestión. Su remoción podrá efectuarse en votación de mayoría simple. Contratación Administración Externa. Los servicios administrativos pueden ser contratados a una empresa dedicada a esta rama inmobiliaria (persona jurídica) en aquellos casos cuando, por motivos ajenos o de interés general del colectivo, o porque no se encuentre dentro de sus propietarios algún encargado de esta misión importantísima para el buen funcionamiento del condominio. Origen y conceptos de la administración. Su origen se remonta al inicio mismo de la historia de la civilización y de la vida del ser humano, convirtiéndose en un medio fundamental para el des...
Our services
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Desea Ud. ser corredor de nuestros servicios administrativos? Si su respuesta es Sí, genial; ha hecho una buena elección. Reciprocidad: Si Ud. como empresa asociada o representante de ventas, coloca nuestros servicios de “Administración de Condominios”, les reconocemos las mismas tarifas y condiciones sea por los medios que Ud. utiliza y respetando el convenio de “reciprocidad” que le estamos presentando ahora. Usted se compromete a ofrecer los servicios en las mismas condiciones éticas y profesionales y de transparencia empresarial que le estamos ofreciendo Ítem 1: Mercadeo e intercambio (Alianza Empresarial). Si usted como empresario tiene página web y desea únicamente una alianza de tipo publicitario; el mercadeo se establece de dos vías: ustedes nos promocionan por su página web y nosotros haremos lo mismo con ustedes. (No se invierten recursos económicos). Requisitos: Cada interesado deberá enviar los siguientes documentos vía web o correo postal a: Betava SA ...
PLAN DE EMERGENCIAS PARA CONDOMINIOS
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Cada Condominio debe contar de forma permanente (24 horas) con un sistema de comunicaciones (radio, teléfono. fax, etc.) que le permita enviar el aviso oportuno de la ocurrencia o probable ocurrencia de un evento adverso, conocer cuándo, dónde y cuál es su magnitud. 1. Los cuerpos de seguridad privados del condominio son los primeros en cerciorarse de que hay una emergencia en curso. 2. El administrador es el primero en ser informado acerca del suceso. 3. Se notifica a las autoridades que correspondan según la clase de emergencia. 4. Los grupos de apoyo son informados por parte del administrador. 5. La residencia en general es alertada. COMPROBACIÓN (ALERTA VERDE) DE LOS RECURSOS I. Hidrantes en todo el complejo. II. Extintores A-B-C III. Botiquín de primeros auxilios. IV. Sistemas de alerta (invasión o fuego). V. Pólizas de cobertura. VI. Suscripción a alguna empresa de transporte de pacientes, etc. ACTIVACIÓN A LOS CUERPOS DE SOCORRO La activación de la alarma es la señ...
Consultas antes de comprar un condominio en CR
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P.- Qué debo hacer antes de comprar una propiedad en condominio? R.= Solicite al vendedor inmobiliario (1) copia del reglamento del condominio, (1) copia del Acta Constitutiva, (1) copia registral de la propiedad que usted quiere comprar, (1) certificación de la empresa constructora donde la edificación reúna todas las normas en materia de construcción, también; que la empresa constructora esté inscrita y afiliada a la Cámara de Construcción del país. P.- Puedo solicitar una certificación de un profesional en ingeniería o arquitectura? R.= Esta sería la opción mas acertada y segura donde el arquitecto o ingeniero examine la parte constructiva, la eléctrica, etc. Por ejemplo; que le interprete a usted los planos y distribución de la edificación. P.- Hay en Costa Rica alguna institución que certifique la construcción? R.= Por supuesto que sí. Su nombre es: Instituto de Normas Técnicas de CR (Inteco) P.- Hay alguna dirección electrónica donde pueda informarme? R.= Usted puede c...
Modalidad Horizontal o Vertical?
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ANTES DE COMPRAR, QUE BUSCA: HORIZONTAL O VERTICAL? “La construcción de viviendas verticales (edificios con estructura de apartamentos y condominios) surge como una respuesta al poco espacio que hay para asentarse en la Gran Área Metropolitana. Irene Campos, ministra de Vivienda declaró que “se pretende impulsar la renovación y construcción nueva, en sitios urbanos ya edificados, donde se pueda aumentar la densidad a partir de la vivienda vertical”. (Fuente: La Nación 18/9/10) Efectivamente, el Estado Costarricense por medio del Ministerio de la Vivienda y la Municipalidad de San José, impulsan desde hace tiempo planes para repoblar esta ciudad, invitando a los ciudadanos a invertir en la compra de propiedades modalidad vertical, por medio de torres de apartamentos o condominios. Según ellos, aduciendo el poco espacio de tierra que hay en la ciudad, donde se le ofrece al residente o condómino más seguridad, mejor calidad de vida, accesibilidad a sus lugares de trabajo y con todos los s...
Extinción del Condominio
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">Desafectación del inmueble" Por voluntad de los propietarios. La extinción del condominio puede darse por varias razones; una de ella es que la totalidad de los condóminos decidan renunciar a este régimen, cumpliendo por supuesto, con las exigencias de Ley. Esta forma de reversión del régimen de propiedad en condominio a propiedad ordinaria, tiene que ser por acuerdo de Asamblea con el aval del 100% de los propietarios. La respectiva acta debe ser protocolizada y presentada al Registro de la Propiedad Inmueble del pais. Condominio Horizontal. En el caso de los condominios horizontales, ya sea por acuerdo unánime de los propietarios condóminos, orden judicial o cualquier otro mecanismo legal; la desafectación del régimen de condominio deberá especificar claramente la nueva distribución y propiedad de la totalidad del inmueble, con fundamento en los planos individuales de las nuevas fincas,así como el plano general confeccionado al efecto. Los planos que s...
Terminología y Definiciones
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DEFINICIONES GENERALES 1- Administrador : es la persona física o jurídica que es nombrada por la asamblea de condóminos para realizar las tareas de administración del condominio. 2- Anteproyecto : es el plano general preliminar que muestra mediante un diseño de sitio como se propone desarrollar el condominio, pudiendo contener la descripción de cada etapa como una finca filial que puede ser matriz de un nuevo condominio. 3- Área común : cosas y bienes de uso general o restringido, independientemente de si están construidas o no y según se destine al uso y aprovechamiento de todas las fincas filiales o de sólo algunas de ellas. Se compone para efectos de este reglamento del área común libre y del área común construida. 4- Área común libre : es la parte de terreno que pasa a ser propiedad de todos los condóminos y se destina a uso general y no soportan ninguna construcción. 5- Área común construida : corresponde a las construcciones que quedan en copropiedad, son áreas indivisibl...
¿Qué se entiende por condominio?
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Interpretación. (Proscribes) CONDOMINIO (Del latín. Medieval. Condominium). M. Derecho. Dominio de una cosa en común por dos o más personas. || ~ en mano común. M. Derecho. Propiedad que pertenece de manera colectiva e indivisible a un conjunto de personas sin asignación de cuotas entre ellas. || ~ ordinario. M. Derecho. El que corresponde a un conjunto de personas con cuotas de participación y con carácter divisible. (Racciati) CONDOMINIO “Se trata en definitiva de una figura sui géneris en la cual se combinan dos formas jurídicas distintas (dominio y condominio) cuya unidad de destino las reúne en un todo indivisible, a tal punto, que resulta imposible ser condómino de una porción exclusiva, sin serlo también de la parte común correspondiente. Esta naturaleza especialísima del instituto nos obliga a considerarlo como un derecho real autónomo con características propias, que lo separan y diferencian de los demás”. (Montagne, 1983) CONDOMINIO “1) propiedad exclusiva sobre el ...
Vida en Condominio
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Convivencia y relaciones de vecindad. Hoy en día, es común encontrarse con proyectos habitacionales que ofrecen viviendas bajo el régimen de "condominio" dirigidos tanto a la población de clase media como baja (pobre). Con esto, cada país impulsa desarrollar planes habitacionales a fin de combatir el faltante de una vivienda digna para sus ciudadanos. También, encontramos desarrolladores que ofrecen propiedades dirigidas a la clase burquesa como los que encontramos en la provincia árabe de Dubai y otros mas. Pero, que entendemos vivir bajo el régimen de propiedad en condominio? Hay que considerar algunas variantes que surgen al respecto como; a- que el propietario no tiene bajo control toda su propiedad, b- que debe respetar un reglamento de condominio, c- que aunque es co-dueño (comunero) de los bienes comunes, éstos no se pueden dividir o embargarse. De manera que, quien acepta adquirir una propiedad bajo este régimen, está sujeto a lo que el reglamento del condominio y adm...